46.5.8 Tocar a un adversario con las manos o con los brazos
46.5.8.1 Tocar a un adversario con las manos, en sí mismo, no constituye necesariamente una infracción.
46.5.8.2 Los árbitros deben decidir si el jugador que provocó el contacto ha obtenido alguna ventaja. Si el contacto causado por el jugador restringe de algún modo la libertad de movimientos de su adversario ese contacto constituye una falta.
46.5.8.3 Si el jugador defensor toca a un adversario con las manos en un intento de jugar el balón y dicho contacto sólo se produce en la mano del adversario mientras ésta se halla en contacto con el balón, aunque esté en acción de tiro, se debe considerar accidental y no se debe sancionar.
46.5.8.4 El uso ilegal de las manos (o de los brazos extendidos) tiene lugar cuando se colocan y permanecen en contacto sobre un adversario, con control del balón o sin él.
46.5.8.5 Tocar repetidamente o 'palpar' a un adversario con control del balón o sin él también puede considerarse falta, ya que puede conducir a un aumento de la brusquedad del juego.
46.5.8.6 Suele considerarse falta del jugador atacante que lleva el balón que:
46.5.8.6.1 'Enganche' o rodee con el brazo o con el codo a un jugador defensor para obtener una ventaja.
46.5.8.6.2 'Empuje' para evitar que el jugador defensor juegue o intente jugar con el balón.
46.5.8.6.3 'Empuje' para crear más espacio entre él y el jugador defensor.
46.5.8.6.4 Que al realizar un regate utilice el brazo extendido o la mano para evitar que un adversario obtenga el control del balón.
46.5.8.7 Suele considerarse falta de un jugador atacante que no lleva el balón que 'empuje' para:
46.5.8.7.1 Quedar libre para recibir el balón.
46.5.8.7.2 Evitar que el jugador defensor juegue o intente jugar con el balón.
46.5.8.7.3 Crear más espacio entre él y el jugador defensor.
46.5.9 Juego de poste
46.5.9.1 El principio de la verticalidad también se aplica al juego del poste.
El jugador atacante en la posición de poste y el defensor que lo defiende deben respetar los derechos de verticalidad respectivos (cilindros).
46.5.9.2 Es ilegal que el jugador atacante en la posición de poste empuje con el hombro o con la cadera a su adversario para quitarle la posición o interfiera su libertad de movimientos mediante el uso de los codos o de los brazos extendidos.
46.5.9.3 Es ilegal que el jugador defensor interfiera la libertad de movimientos del jugador poste mediante el uso de los brazos, de las rodillas o de otras partes del cuerpo.
Art. 47 Doble falta
47. 1 La doble falta es una situación en la que dos jugadores adversarios cometen faltas de contacto el uno contra el otro aproximadamente al mismo tiempo.
47.2 Penalización:
47.2.1 Se anota una falta personal a cada jugador infractor. No se concede ningún tiro libre.
47.2.2 El juego se reanuda con:
47.2.2.1 Un saque desde el punto exterior al terreno de juego más próximo al lugar en que se cometió la infracción por el equipo que tenía el control del balón cuando se cometió la doble falta.
47.2.2.2 Un salto entre los dos jugadores implicados en el círculo más próximo al lugar donde se cometió la infracción si ninguno de los dos equipos tenía el control del balón cuando se cometió la doble falta.
47.2.3 Si se consigue un cesto válido al mismo tiempo que se comete la doble falta el balón lo podrán en juego desde la línea de fondo los adversarios del equipo que haya conseguido el cesto.
47.3 Cuando se cometan aproximadamente al mismo tiempo una doble falta que dé lugar a un salto entre dos y otra falta, una vez que se hayan anotado las faltas y se hayan administrado las penalizaciones correspondientes el juego se reanudará como si la doble falta no hubiera tenido lugar.
Art. 48 Falta antideportiva
48.1 Una falta antideportiva es una falta personal cometida contra un jugador que, a juicio del árbitro, no es un intento legítimo de jugar directamente el balón dentro del espíritu y la intención de las reglas.
Si un jugador provoca un contacto excesivo (falta violenta) con un adversario con control del balón o sin él dicho contacto debe considerarse antideportivo.
48.2 La falta antideportiva debe interpretarse de manera coherente durante todo el partido.
48.3 El árbitro sólo debe juzgar la acción.
48.4 Para juzgar si una falta es antideportiva los árbitros deben aplicar los siguientes principios:
48.4.1 Si un jugador no realiza ningún esfuerzo por jugar el balón suele tratarse de una falta antideportiva.
48.4.2 Si, en un esfuerzo por jugar el balón, el jugador provoca un contacto excesivo (falta violenta) el contacto debe considerarse antideportivo.
48.4.3 Agarrar, golpear o empujar a un jugador suele ser una falta antideportiva.
48.4.4 Si un jugador comete una falta mientras realiza un esfuerzo legítimo por jugar el balón (juego normal de baloncesto) no se trata de una falta antideportiva.
48.5 El jugador que cometa repetidamente faltas antideportivas puede ser descalificado.
48.6 Penalización:
48.6.1 Se le anotará una falta antideportiva al infractor.
48.6.2 Se le concederán tiros libres al equipo que no ha cometido la infracción, seguidos de la posesión del balón.
48.6.3 El número de tiros libres concedido será el siguiente:
48.6.3.1 Si se comete la falta contra un jugador que no esté en acción de tiro, dos (2) tiros libres.
48.6.3.2 Si se comete la falta contra un jugador que esté en acción de tiro el cesto, si se consigue, será válido y se lanzará un (1) tiro libre adicional.
48.6.3.3 Si se comete la falta contra un jugador en acción de tiro que no consigue encestar se concederán dos (2) o tres (3) tiros libres, según el lugar desde el que se realizará el lanzamiento a canasta.
48.6.4 Durante los tiros libres todos los demás jugadores permanecerán por detrás de la prolongación de la línea de tiros libres y de la línea de lanzamientos de tres puntos hasta que hayan concluido los tiros libres.
48.6.5 Después de los tiros libres, se convierta el último o no, cualquier jugador del mismo equipo del que ha lanzado los tiros libres realizará un saque desde el centro del terreno de juego en la banda situada enfrente de la mesa de anotadores.
48.6.6 El jugador que realice el saque tendrá un pie a cada lado de la prolongación de la línea central y tendrá derecho a pasar el balón a un jugador situado en cualquier parte del terreno de juego.
Art. 49 Falta descalificante
49.1 Cualquier infracción flagrantemente antideportiva del Artículo 46 (Falta personal), del Artículo 48 (Falta antideportiva), del Artículo 51 (Faltas técnicas de jugadores) o del Artículo 52 (Faltas técnicas de entrenadores, sustitutos y acompañantes) constituye una falta descalificante.
49.2 También se debe descalificar a un entrenador cuando:
49.2.1 Se le han anotado dos (2) faltas técnicas como consecuencia de su conducta personal antideportiva.
49.2.2 Se le han anotado tres (3) faltas técnicas acumuladas como consecuencia de conductas antideportivas del ayudante del entrenador, de cualquier sustituto o de cualquier acompañante del equipo que se halle en el banco del equipo o por una combinación de tres (3) faltas técnicas, una de las cuales le haya sido anotada al propio entrenador.
49.3 El entrenador descalificado será sustituido por el ayudante del entrenador que figure inscrito en el acta. Si no hay ningún ayudante de entrenador inscrito en el acta lo sustituirá el capitán.
49.4 Penalización:
49.4.1 Se le anotará una falta descalificante al infractor.
49.4.2 Será descalificado y se dirigirá al vestuario del equipo, donde permanecerá el resto del partido o, si lo prefiere, abandonará la instalación deportiva.
49.4.3 Se le concederán tiros libres al equipo no infractor, seguidos de la posesión del balón.
49.4.4 El número de tiros libres concedido será el siguiente:
49.4.4.1 Si se comete la falta contra un jugador que no esté en acción de tiro, dos (2) tiros libres.
49.4.4.2 Si se comete la falta contra un jugador que esté en acción de tiro el cesto, si se consigue, será válido y se concederá un (1) tiro libre adicional.
49.4.4.3 Si se comete la falta contra un jugador que esté en acción de tiro que no consigue encestar se concederán dos (2) o tres (3) tiros libres, según el lugar desde el que se realizara el lanzamiento a canasta.
49.4.5 Durante los tiros libres todos los demás jugadores permanecerán por detrás de la prolongación de la línea de tiros libres y de la línea de lanzamientos de tres puntos hasta que hayan concluido los tiros libres.
49.4.6 Después de los tiros libres, se convierta el último o no, cualquier jugador del mismo equipo del que ha lanzado los tiros libres realizará un saque desde el centro del terreno de juego en la banda situada enfrente de la mesa de anotadores.
49.4.7 El jugador que realice el saque tendrá un pie a cada lado de la prolongación de la línea central y tendrá derecho a pasar el balón a un jugador situado en cualquier parte del terreno de juego.
Regla 9: FALTAS TÉCNICAS
Art. 50 Reglas de conducta: Definición
50.1 El correcto desarrollo del juego exige la cooperación total y leal con los árbitros y con sus ayudantes de los integrantes de los dos equipos, jugadores, entrenadores, sustitutos y acompañantes.
50.2 Cualquier infracción deliberada o reiterada de esta cooperación o del espíritu de esta regla se considerará una falta técnica y se sancionará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo correspondiente.
50.4 Comentarios:
Durante el partido se pueden producir actos de violencia contrarios al espíritu de deportividad y de juego limpio. Los árbitros y, si fuera necesario, las fuerzas responsables del mantenimiento del orden público, deberán interrumpirlos inmediatamente:
50.4.1 El terreno de juego y las zonas exteriores adyacentes, incluyendo la mesa de anotadores, los bancos de los equipos y las zonas situadas inmediatamente por detrás de las líneas de fondo, caen completa y exclusivamente bajo la jurisdicción de los árbitros, que son el árbitro principal, el árbitro auxiliar y el comisario.
Cuando se produzcan actos de violencia entre los jugadores, los sustitutos, los entrenadores y los acompañantes de equipo que se hallen en los bancos de los equipos los árbitros emprenderán las acciones necesarias para interrumpirlos.
50.4.2 Cualquiera de las personas mencionadas que sea responsable de actos de agresión flagantes contra los adversarios o contra los árbitros será inmediatamente descalificada del partido. Además, los árbitros deben informar del incidente al organismo responsable de la competición.
50.4.3 Los agentes de las fuerzas de orden público sólo pueden entrar en el terreno de juego si los árbitros se lo solicitan.
No obstante, si los espectadores entran en el terreno de juego con la intención manifiesta de cometer actos de violencia, los agentes de las fuerzas de orden público deberán intervenir de manera inmediata para proteger a los jugadores y a los árbitros.
50.4.4 Todas las demás zonas, incluyendo los accesos, las salidas, los pasillos, los vestuarios, etc. caen bajo la jurisdicción de los organizadores y de las fuerzas responsables del mantenimiento del orden público.
50.4.5 Los árbitros no deben permitir las acciones físicas de los jugadores, de los entrenadores o de los acompañantes de equipo que puedan conducir al deterioro del equipo relacionado con el partido.
Cuando los árbitros observen algún comportamiento de esta naturaleza deberán advertir inmediatamente al entrenador del equipo infractor.
Si estas acciones se repitieran se deberá sancionar inmediatamente con una falta técnica a la persona implicada. Si su nombre no aparece en el acta la falta técnica se anotará al entrenador y se inscribirá como una "B". 50.4.6 Las decisiones de los árbitros son definitivas y no se pueden ignorar ni discutir.
46.5.8.1 Tocar a un adversario con las manos, en sí mismo, no constituye necesariamente una infracción.
46.5.8.2 Los árbitros deben decidir si el jugador que provocó el contacto ha obtenido alguna ventaja. Si el contacto causado por el jugador restringe de algún modo la libertad de movimientos de su adversario ese contacto constituye una falta.
46.5.8.3 Si el jugador defensor toca a un adversario con las manos en un intento de jugar el balón y dicho contacto sólo se produce en la mano del adversario mientras ésta se halla en contacto con el balón, aunque esté en acción de tiro, se debe considerar accidental y no se debe sancionar.
46.5.8.4 El uso ilegal de las manos (o de los brazos extendidos) tiene lugar cuando se colocan y permanecen en contacto sobre un adversario, con control del balón o sin él.
46.5.8.5 Tocar repetidamente o 'palpar' a un adversario con control del balón o sin él también puede considerarse falta, ya que puede conducir a un aumento de la brusquedad del juego.
46.5.8.6 Suele considerarse falta del jugador atacante que lleva el balón que:
46.5.8.6.1 'Enganche' o rodee con el brazo o con el codo a un jugador defensor para obtener una ventaja.
46.5.8.6.2 'Empuje' para evitar que el jugador defensor juegue o intente jugar con el balón.
46.5.8.6.3 'Empuje' para crear más espacio entre él y el jugador defensor.
46.5.8.6.4 Que al realizar un regate utilice el brazo extendido o la mano para evitar que un adversario obtenga el control del balón.
46.5.8.7 Suele considerarse falta de un jugador atacante que no lleva el balón que 'empuje' para:
46.5.8.7.1 Quedar libre para recibir el balón.
46.5.8.7.2 Evitar que el jugador defensor juegue o intente jugar con el balón.
46.5.8.7.3 Crear más espacio entre él y el jugador defensor.
46.5.9 Juego de poste
46.5.9.1 El principio de la verticalidad también se aplica al juego del poste.
El jugador atacante en la posición de poste y el defensor que lo defiende deben respetar los derechos de verticalidad respectivos (cilindros).
46.5.9.2 Es ilegal que el jugador atacante en la posición de poste empuje con el hombro o con la cadera a su adversario para quitarle la posición o interfiera su libertad de movimientos mediante el uso de los codos o de los brazos extendidos.
46.5.9.3 Es ilegal que el jugador defensor interfiera la libertad de movimientos del jugador poste mediante el uso de los brazos, de las rodillas o de otras partes del cuerpo.
Art. 47 Doble falta
47. 1 La doble falta es una situación en la que dos jugadores adversarios cometen faltas de contacto el uno contra el otro aproximadamente al mismo tiempo.
47.2 Penalización:
47.2.1 Se anota una falta personal a cada jugador infractor. No se concede ningún tiro libre.
47.2.2 El juego se reanuda con:
47.2.2.1 Un saque desde el punto exterior al terreno de juego más próximo al lugar en que se cometió la infracción por el equipo que tenía el control del balón cuando se cometió la doble falta.
47.2.2.2 Un salto entre los dos jugadores implicados en el círculo más próximo al lugar donde se cometió la infracción si ninguno de los dos equipos tenía el control del balón cuando se cometió la doble falta.
47.2.3 Si se consigue un cesto válido al mismo tiempo que se comete la doble falta el balón lo podrán en juego desde la línea de fondo los adversarios del equipo que haya conseguido el cesto.
47.3 Cuando se cometan aproximadamente al mismo tiempo una doble falta que dé lugar a un salto entre dos y otra falta, una vez que se hayan anotado las faltas y se hayan administrado las penalizaciones correspondientes el juego se reanudará como si la doble falta no hubiera tenido lugar.
Art. 48 Falta antideportiva
48.1 Una falta antideportiva es una falta personal cometida contra un jugador que, a juicio del árbitro, no es un intento legítimo de jugar directamente el balón dentro del espíritu y la intención de las reglas.
Si un jugador provoca un contacto excesivo (falta violenta) con un adversario con control del balón o sin él dicho contacto debe considerarse antideportivo.
48.2 La falta antideportiva debe interpretarse de manera coherente durante todo el partido.
48.3 El árbitro sólo debe juzgar la acción.
48.4 Para juzgar si una falta es antideportiva los árbitros deben aplicar los siguientes principios:
48.4.1 Si un jugador no realiza ningún esfuerzo por jugar el balón suele tratarse de una falta antideportiva.
48.4.2 Si, en un esfuerzo por jugar el balón, el jugador provoca un contacto excesivo (falta violenta) el contacto debe considerarse antideportivo.
48.4.3 Agarrar, golpear o empujar a un jugador suele ser una falta antideportiva.
48.4.4 Si un jugador comete una falta mientras realiza un esfuerzo legítimo por jugar el balón (juego normal de baloncesto) no se trata de una falta antideportiva.
48.5 El jugador que cometa repetidamente faltas antideportivas puede ser descalificado.
48.6 Penalización:
48.6.1 Se le anotará una falta antideportiva al infractor.
48.6.2 Se le concederán tiros libres al equipo que no ha cometido la infracción, seguidos de la posesión del balón.
48.6.3 El número de tiros libres concedido será el siguiente:
48.6.3.1 Si se comete la falta contra un jugador que no esté en acción de tiro, dos (2) tiros libres.
48.6.3.2 Si se comete la falta contra un jugador que esté en acción de tiro el cesto, si se consigue, será válido y se lanzará un (1) tiro libre adicional.
48.6.3.3 Si se comete la falta contra un jugador en acción de tiro que no consigue encestar se concederán dos (2) o tres (3) tiros libres, según el lugar desde el que se realizará el lanzamiento a canasta.
48.6.4 Durante los tiros libres todos los demás jugadores permanecerán por detrás de la prolongación de la línea de tiros libres y de la línea de lanzamientos de tres puntos hasta que hayan concluido los tiros libres.
48.6.5 Después de los tiros libres, se convierta el último o no, cualquier jugador del mismo equipo del que ha lanzado los tiros libres realizará un saque desde el centro del terreno de juego en la banda situada enfrente de la mesa de anotadores.
48.6.6 El jugador que realice el saque tendrá un pie a cada lado de la prolongación de la línea central y tendrá derecho a pasar el balón a un jugador situado en cualquier parte del terreno de juego.
Art. 49 Falta descalificante
49.1 Cualquier infracción flagrantemente antideportiva del Artículo 46 (Falta personal), del Artículo 48 (Falta antideportiva), del Artículo 51 (Faltas técnicas de jugadores) o del Artículo 52 (Faltas técnicas de entrenadores, sustitutos y acompañantes) constituye una falta descalificante.
49.2 También se debe descalificar a un entrenador cuando:
49.2.1 Se le han anotado dos (2) faltas técnicas como consecuencia de su conducta personal antideportiva.
49.2.2 Se le han anotado tres (3) faltas técnicas acumuladas como consecuencia de conductas antideportivas del ayudante del entrenador, de cualquier sustituto o de cualquier acompañante del equipo que se halle en el banco del equipo o por una combinación de tres (3) faltas técnicas, una de las cuales le haya sido anotada al propio entrenador.
49.3 El entrenador descalificado será sustituido por el ayudante del entrenador que figure inscrito en el acta. Si no hay ningún ayudante de entrenador inscrito en el acta lo sustituirá el capitán.
49.4 Penalización:
49.4.1 Se le anotará una falta descalificante al infractor.
49.4.2 Será descalificado y se dirigirá al vestuario del equipo, donde permanecerá el resto del partido o, si lo prefiere, abandonará la instalación deportiva.
49.4.3 Se le concederán tiros libres al equipo no infractor, seguidos de la posesión del balón.
49.4.4 El número de tiros libres concedido será el siguiente:
49.4.4.1 Si se comete la falta contra un jugador que no esté en acción de tiro, dos (2) tiros libres.
49.4.4.2 Si se comete la falta contra un jugador que esté en acción de tiro el cesto, si se consigue, será válido y se concederá un (1) tiro libre adicional.
49.4.4.3 Si se comete la falta contra un jugador que esté en acción de tiro que no consigue encestar se concederán dos (2) o tres (3) tiros libres, según el lugar desde el que se realizara el lanzamiento a canasta.
49.4.5 Durante los tiros libres todos los demás jugadores permanecerán por detrás de la prolongación de la línea de tiros libres y de la línea de lanzamientos de tres puntos hasta que hayan concluido los tiros libres.
49.4.6 Después de los tiros libres, se convierta el último o no, cualquier jugador del mismo equipo del que ha lanzado los tiros libres realizará un saque desde el centro del terreno de juego en la banda situada enfrente de la mesa de anotadores.
49.4.7 El jugador que realice el saque tendrá un pie a cada lado de la prolongación de la línea central y tendrá derecho a pasar el balón a un jugador situado en cualquier parte del terreno de juego.
Regla 9: FALTAS TÉCNICAS
Art. 50 Reglas de conducta: Definición
50.1 El correcto desarrollo del juego exige la cooperación total y leal con los árbitros y con sus ayudantes de los integrantes de los dos equipos, jugadores, entrenadores, sustitutos y acompañantes.
50.2 Cualquier infracción deliberada o reiterada de esta cooperación o del espíritu de esta regla se considerará una falta técnica y se sancionará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo correspondiente.
50.4 Comentarios:
Durante el partido se pueden producir actos de violencia contrarios al espíritu de deportividad y de juego limpio. Los árbitros y, si fuera necesario, las fuerzas responsables del mantenimiento del orden público, deberán interrumpirlos inmediatamente:
50.4.1 El terreno de juego y las zonas exteriores adyacentes, incluyendo la mesa de anotadores, los bancos de los equipos y las zonas situadas inmediatamente por detrás de las líneas de fondo, caen completa y exclusivamente bajo la jurisdicción de los árbitros, que son el árbitro principal, el árbitro auxiliar y el comisario.
Cuando se produzcan actos de violencia entre los jugadores, los sustitutos, los entrenadores y los acompañantes de equipo que se hallen en los bancos de los equipos los árbitros emprenderán las acciones necesarias para interrumpirlos.
50.4.2 Cualquiera de las personas mencionadas que sea responsable de actos de agresión flagantes contra los adversarios o contra los árbitros será inmediatamente descalificada del partido. Además, los árbitros deben informar del incidente al organismo responsable de la competición.
50.4.3 Los agentes de las fuerzas de orden público sólo pueden entrar en el terreno de juego si los árbitros se lo solicitan.
No obstante, si los espectadores entran en el terreno de juego con la intención manifiesta de cometer actos de violencia, los agentes de las fuerzas de orden público deberán intervenir de manera inmediata para proteger a los jugadores y a los árbitros.
50.4.4 Todas las demás zonas, incluyendo los accesos, las salidas, los pasillos, los vestuarios, etc. caen bajo la jurisdicción de los organizadores y de las fuerzas responsables del mantenimiento del orden público.
50.4.5 Los árbitros no deben permitir las acciones físicas de los jugadores, de los entrenadores o de los acompañantes de equipo que puedan conducir al deterioro del equipo relacionado con el partido.
Cuando los árbitros observen algún comportamiento de esta naturaleza deberán advertir inmediatamente al entrenador del equipo infractor.
Si estas acciones se repitieran se deberá sancionar inmediatamente con una falta técnica a la persona implicada. Si su nombre no aparece en el acta la falta técnica se anotará al entrenador y se inscribirá como una "B". 50.4.6 Las decisiones de los árbitros son definitivas y no se pueden ignorar ni discutir.
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